¡Una buena noticia! La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer que el maltrato animal en rituales y santería se castigará con cárcel en la CDMX, por lo que acá te contamos todo lo que sabemos al respecto, como de cuántos años serán las penas por este delito en la capital del país.

Santera impugna leyes de la CDMX contra el maltrato animal

Como les contamos aquí arriba, la Suprema Corte anunció con bombos y platillos que el maltrato animal en rituales y santería se castigará con penas de cárcel en la Ciudad de México, pero para entender mejor el tema tenemos que contarles por qué se tomó esta decisión.

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Así es; como algunos medios nacionales lo han señalado, todo comenzó cuando una santera impugnó la reforma a los artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal capitalino, que se impulsó en 2023, señalando motivos religiosos.

En este sentido, la practicante de santería cubana explicó a la Suprema Corte que en sus rituales se lleva a cabo la inmolación de animales y aves de abasto para veneración y sacrificio a sus deidades.

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Sin embargo, la Primera Sala de la Suprema Corte decidió validar los artículos del Código Penal y de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, los cuales castigan con cárcel el maltrato animal.

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Sí, en una sesión que se realizó este pasado 22 de enero de 2025, por unanimidad de cinco votos se aprobó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que declara totalmente constitucionales los artículos 350 bis y 350 ter del Código Penal capitalino, los cuales impugnó la santera.

Esto porque la Suprema Corte concluye que el Congreso de la CDMX tiene las facultades para limitar conductas de maltrato a los animales y que la libertad de religión no es absoluta.

¿Discriminación?

La santera aseguró que los artículos eran discriminatorios con su religión y le impedían practicar su culto catalogando sus prácticas como maltrato animal, además de darle una connotación negativa a sus creencias.

Pero a pesar de esto, la Suprema Corte avaló los artículos del Código Penal de la Ciudad de México y explicó que estas normas no son discriminatorias por razón de religión porque “se aprecia que la voluntad del legislador local fue garantizar el bienestar animal”.

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Además indicaron que el legislador sólo buscó que se cumpliera la Constitución Política de la CDMX, donde se indica que los animales son “seres sintientes” y donde se impone la obligación jurídica de respetar “la vida e integridad de cualquier especie animal a toda persona”.

“Los tipos penales en estudio se refieren a la generalidad de personas dentro del territorio de la Ciudad de México que realicen la conducta tipificada en contra de los animales, sin distinguir algún ámbito específico, como lo es el de los creyentes de alguna religión determinadaexplicó la Suprema Corte.

Justo por esto agregaron que la libertad de culto no es un derecho absoluto, sino que está sometido a ciertos límites que la Constitución impone.

Las penas de cárcel para el maltrato animal por santería

De esta manera, quienes lleven a cabo maltrato animal por santería o rituales en la CDMX, cometiendo crueldad contra cualquier especie causándole lesiones, daño o alteración en su salud, recibirán una pena de tres años de cárcel.

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Y si las personas además terminan matando a cualquier animal en esta clase de prácticas, recibirán penas de hasta seis años de cárcel en la capital del país.

¿Ustedes qué piensan sobre estas medidas? ¿Les parecen justas o deben existir otros castigos más severos?

Vía: Sopitas

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